miércoles, 21 de septiembre de 2016

Derecho Laboral: Fallo Judicial Establece Reducción de Sueldos

Tomado de la web de RPP Noticias : 
Un reciente fallo de la Corte Suprema ha establecido las condiciones para que proceda que una empresa privada o una entidad estatal puedan reducir los sueldos de sus trabajadores con o sin su consentimiento, medida que esta prohibida desde el 2005. 
De acuerdo con Miguel Rubio, gerente de Capital Humano de EY Perú, la sentencia en Casación No. 489-2015-LIMA en la práctica levanta la prohibición que existía desde el 2005  para que se reduzca el sueldo de los trabajadores, incluso con un acuerdo previo entre las partes.
Sin consentimiento. Según Rubio el fallo determina que una empresa podrá reducir el sueldo de su trabajador siempre que se demuestre objetivamente que está en riesgo la estabilidad económica de la empresa o de la entidad estatal. Así, si una empresa prueba que, por ejemplo, no puede cumplir con el pago de tu salario, podría reducirlo de manera unilateral. 
Con consentimiento. Rubio declaró que esta sentencia "faculta al empleador a acordar con el trabajador la reducción de remuneraciones, de manera que si en acuerdo expreso el trabajador acepta la rebaja de la remuneración esta medida será válida", señaló. 
Nunca debajo del suelo mínimo. El abogado precisó que bajo ninguno de los dos supuestos la reducción del sueldo puede ser por debajo de la remuneración mínima vital, que actualmente se sitúa en S/ 850 al mes.
Si trabajas en el Estado. En línea con la justificación de la estabilidad económia, Rubio explicó que, en el caso de los empleados públicos, los sueldos podrían reducirse a causa de un ajuste de presupuesto del sector, lo cual sí es una causa válida para aplicar la medida. 

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